Derecho Mercantil
Dentro de las múltiples ramas del derecho, el derecho
mercantil (también conocido como derecho comercial) es
aquella dedicada a regular las relaciones entre las personas,
los contratos y las acciones de comercio.
El derecho mercantil forma parte del derecho privado e
incluye a todas las normas vinculadas a los comerciantes en referencia al
desarrollo de sus labores. A nivel general, podría decirse que es la rama del
derecho que ejerce la regulación sobre el ejercicio de las actividades
comerciales.
Criterio Objetivo.
A partir del Código de Comercio Francés de 1807 se
inicio un cambio para tratar de fundar el Derecho Mercantil en los actos de
comercio, bajo un criterio objetivo.
El prototipo del sistema objetivo constituido por
este Código, toma como punto de partida el acto especulativo de carácter
objetivo, poniendo en relieve, en particular, la compraventa con fines de
especulación y la letra de cambio. Este modelo lo siguieron numerosos Códigos
europeos y algunos Códigos latinoamericanos.
Desde el punto de vista objetivo los actos de
comercio se califican como tales atendiendo a las características inherentes de
los mismos, sin importar la calidad de los sujetos que los realizan.Otra definición
indica que los actos de comercio son los actos calificados de mercantiles en
virtud de sus caracteres intrínsecos, cualquiera que sea el sujeto que los
realice. Tienen fin de lucro"
Criterio Subjetivo.
Como legislación que caracteriza al sistema subjetivo,
tenemos el Handelgestzbuch Alemán del 10 de mayo de 1897 (Código de Comercio
alemán de 1897) que aplica un sistema subjetivo, es decir, parte de la figura
del comerciante para delimitar el Derecho Comercial y contiene un Derecho
especial de los mismos.
El acto subjetivo de comercio, en palabras del
distinguido profesor argentino Sergio le Pera, supone dos condiciones:
1. La calidad de
comerciantes de los sujetos que intervienen.
2. Que el acto
pertenezca a una cierta clase.
También se dio por llamar subjetivos a aquellos
actos que serían de comercio por simple hecho de ser practicados por un
comerciante, es decir, por la sola calidad del sujeto que los ejecuta,
cualesquiera que fuera el acto.
ACTOS
ABSOLUTAMENTE COMERCIALES.
Los actos absolutamente comerciales que integran la
primera categoría son estos:
·
Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las
sociedades mercantiles.(Artículo 75 fracción III)
·
Los contratos relativos a las obligaciones del Estado u otros títulos de
crédito corrientes en el comercio.(Artículo 75 fracción IV)
·
Los depósitos por causa de comercio.(Artículo 75 fracción XVII)
·
Los cheques, las letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a
otra, entre toda clase de personas.(Artículo 75 fracción XIX)
·
Los valores u otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones
de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña
al comercio (Artículo 75 fracción XX) y
·
Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación
interior y exterior.(Artículo 75 fracción XV)
LOS SUJETOS EN EL DERECHO
MERCANTIL.
Los elementos que integran la relación jurídica comercial son:
Sujetos.- que se dividen en dos; comerciantes, que pueden ser
colaboradores dependientes y los colaboradores independientes; y los que
accidentalmente realizan actos de comercio.
Objeto.- mercantiles por su esencia y los mercantiles por su naturaleza.
Vinculo jurídico.- acto de comercio.
LÍMITES PARA EJERCER EL
COMERCIO:
1; Inhabilitados:
a) Quebrados no rehabilitados.
b) sentenciados por delitos patrimoniales.
c) extranjeros.
2; Incompatibles:
a) corredores públicos
b) agentes aduanales.
c) notarios públicos
d) funcionarios judiciales
Corredor publico agente auxiliar del comercio con cuya
intervención se proponen ayudar en actos, contratos y convenios. El corredor puede intervenir con el
carácter de agente intermediario con el de perito y en el ejercicio de la fe pública
mercantil
Notario público titular de la función pública consiste be
manera esencial en dar fe a los actos jurídicos que ante él se celebran
Agente aduanal es la persona física autorizada por la secretaria de hacienda y
crédito público, mediante una patente, para promover por cuenta ajena el
despacho de las mercancías en los diferentes regímenes aduaneros previstos por
la ley.
La quiebra es un estado de derecho que trae consigo la
incapacidad del fallido para el ejercicio del comercio y a menos que llegue a
ser rehabilitado no puede volver a realizar actividades de esa índole.
Los quebrados que obran contra las taxativas legales se hacen acreedores a
sanciones penales y de tipo económico.
Serán inhabilitados para ejercer el comercio todos aquellos que hayan
sido condenados por delitos contra la propiedad y el comercio, incluyendo en
estos la falsedad, peculado, cohecho y la concusión.
URL;http://definicion.de/derecho-mercantil/
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